USO pide que los EPI se adapten a mujeres y personas trabajadoras mayores antes de que la normativa europea entre en vigor

La normativa europea sobre equipos de protección individual (EPI) ha sido actualizada con la publicación de la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1279. El nuevo texto introduce exigencias técnicas más rigurosas en materia de ergonomía, durabilidad y seguridad. Pero, no hace alusión de manera explícita al género o a la edad. Y lo que no se nombra, no existe.

A partir de ahora, los equipos de protección que se actualicen deberán reflejar el “estado de la técnica”. Es decir, los EPI que se fabriquen y utilicen a partir de ahora deberán incorporar los materiales, diseños y métodos de prueba más avanzados y fiables que existen hoy en día. Y esto es, sin duda, una buena noticia. Que se exijan métodos de prueba más estrictos para gafas, calzado y ropa de protección significa, en teoría, menos accidentes y una mayor garantía para quienes desempeñan su trabajo en condiciones de riesgo.

Desde USO siempre valoramos cualquier avance en la protección de la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras como es esta normativa europea de EPI. Sin embargo, no podemos limitarnos a una lectura técnica y acrítica. Porque la seguridad no es abstracta, depende de a quién va dirigida y de cómo se aplica. Y aquí es donde la nueva regulación plantea interrogantes.

La perspectiva de género, ignorada en la normativa europea de EPI

Los EPI no son neutrales o unisex. Históricamente, han sido diseñados a partir de parámetros antropométricos masculinos, generando problemas graves de ajuste, movilidad y protección efectiva para las mujeres. Guantes demasiado anchos; arneses no adaptados a la morfología femenina; calzado de seguridad con hormas inadecuadas o gafas que no sellan correctamente en rostros de menor tamaño son solo algunos ejemplos de un sesgo que compromete la seguridad real de las trabajadoras.

La nueva Decisión introduce exigencias de adaptación ergonómica, pero no establece criterios explícitos que garanticen que los EPI se ensayen y certifiquen teniendo en cuenta la diversidad de morfologías por sexo. Sin una perspectiva de género transversal en el diseño, la certificación y la selección de equipos, la norma corre el riesgo de mantener o, incluso, agravar la brecha de protección entre hombres y mujeres.

Por ello, desde USO exigimos que las normas armonizadas incluyan ensayos con población diversa y que los fabricantes no puedan limitarse a un “talla única” que, en la práctica, excluye a la mitad de la plantilla. El derecho a la seguridad no puede depender del género.

La dimensión generacional: personas trabajadoras mayores, riesgos diferentes

La edad es otro factor crítico que esta normativa europea de EPI ignora. Los trabajadores y trabajadoras de más edad presentan características fisiológicas específicas que les son propias: menor fuerza prensil, alteraciones sensoriales (vista, audición, tacto, olfato), menor flexibilidad o mayor sensibilidad a temperaturas extremas. Un EPI que no tenga en cuenta estas variables no solo ofrece menos protección, sino que puede generar nuevos riesgos (fatiga, sobreesfuerzo, rechazo al uso) especialmente en sectores como la construcción, la agricultura o la limpieza, donde la mano de obra envejece progresivamente.

La nueva norma exige una adaptación ergonómica pero no establece criterios diferenciados por grupos de edad ni obliga a las empresas a realizar evaluaciones específicas. Un guante de seguridad con buen agarre para una persona de 30 años puede resultar inadecuado para una de 60 si no se considera la pérdida de fuerza o patologías que, tras años de trabajo y desgaste, van apareciendo. La formación que exige la norma tampoco contempla adaptaciones pedagógicas para colectivos con menor familiaridad con los nuevos equipos.

Por ello, las evaluaciones de riesgos deben incluir la variable edad y que los EPI seleccionados sean probados con personas usuarias de distintos tramos, especialmente en aquellos puestos donde la experiencia y el oficio recaen sobre las personas trabajadoras más veteranas.

Derechos laborales que se refuerzan pero hay que exigir

La norma refuerza derechos concretos: a EPI actualizados, a información y formación, y a que la empresa responda por su incumplimiento.

Con la entrada en vigor de la norma, a partir de agosto de 2026, utilizar EPI obsoletos ya no otorgará la “presunción de conformidad” y podría invalidar la cobertura de seguros. Esto supone un avance jurídico relevante. También, a partir de ese momento, si una empresa sigue utilizando equipos de protección antiguos o desfasados, ya no valdrá con decir que ‘son los que hay’ o que ‘siempre se han usado esos’. La ley ya no lo aceptará como válido por el simple hecho de tenerlos puestos o repartidos. Y, si ocurre un accidente y se demuestra que se usaban esos equipos obsoletos, la aseguradora podría negarse a cubrir los gastos o a pagar las indemnizaciones. Es decir, la empresa se arriesga a quedarse sola frente a las consecuencias económicas del siniestro.

Pero un derecho que no se conoce ni se exige es papel mojado. Por eso, desde USO hacemos un llamamiento a delegados y delegadas de prevención, comités de empresa y personas trabajadoras para que vigilen:

  • que los EPI que se proporcionan cumplen las nuevas normas;
  • la realización de evaluaciones de riesgos considerando género y edad;
  • formación comprensible y práctica, y no un mero trámite,
  • que los equipos se ajustan realmente a la morfología y necesidades de quien los usa.

Exijamos desde ya la actualización de evaluaciones y la selección de equipos de protección adaptados a cada persona, independientemente de su edad, género o morfología. No podemos permitir que los EPI protejan mejor a unos que a otra. O que, por tener más años, tengamos más riesgo de sufrir un accidente. Desde USO reivindicamos que la seguridad laboral ponga en el centro a la persona trabajadora en toda su diversidad.